VISTO:
Los trámites que se generan al realizarse inscripciones, cancelaciones y reactivaciones de matrículas, y ;
CONSIDERANDO:
Que compete al Consejo Profesional dictar medidas y disposiciones de todo orden, que estime necesarias o convenientes para el mejor ejercicio de la profesión.
Que compete al Consejo Profesional establecer las disposiciones pertinentes
en cuanto al otorgamiento, la suspensión y la cancelación de matrículas.
La necesidad de normalizar los requisitos y documentación a implementar por
los profesionales para cada uno de estos casos.
POR ELLO:
EL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
Resuelve:
Para obtener su matriculación el profesional debe:
1. Presentarse con el Documento Nacional de Identidad
2. Presentar el diploma original con el sellado provincial correspondiente. En su caso este requisito podrá ser suplido por una certificación expedida por la Facultad respecto a que el interesado es graduado en ciencias económicas. En dichos casos se le otorgará una matricula provisoria, por el término de ciento ochenta (180) días, que se convertirá en definitiva cuando el profesional presente el diploma y éste sea intervenido por el Consejo. Transcurrido el plazo sin la presentación del diploma, la inscripción matricular provisoria quedará sin efecto sin necesidad de notificación ni requerimiento de ninguna clase al interesado.
3. En caso que el profesional ya estuviese matriculado en otro Consejo, deberá presentar un certificado de libre sanción disciplinaria emitido por el o los Consejos en que ya se encontrase matriculado.
4. Presentar la solicitud de inscripción en la matrícula que se completará al momento de promover el trámite de matriculación por ante las oficinas de la Cámara.
5. Registrar su firma.
6. Abonar el Derecho de Inscripción en la Matrícula.
7. Afiliarse a la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe Ley Nº 11.085.
8. Cuando corresponda, según las reglamentaciones vigentes en cada Cámara, afiliarse al Departamento de Servicios Sociales.
Las firmas del profesional en todos los documentos y formularios necesarios para el trámite deben colocarse en presencia del personal de la institución, autorizado para la diligencia. Cumplimentada la presentación de toda la documentación, el Consejo verificará el Registro Nacional de Sanciones Éticas llevado en la sede de la F.A.C.P.C.E. En caso de no registrar sanción el pedido de matriculación y los documentos complementarios del trámite se elevarán a la Cámara para su tratamiento en la reunión inmediata siguiente y se habilitará el número de matrícula a partir de la fecha de la respectiva reunión, la que posteriormente será elevada a reunión de Consejo Superior para su ratificación.
Cumplido en trámite de matriculación y para mantener la matrícula, el profesional deberá abonar anualmente la "Contribución Anual por Mantenimiento de Registro Matricular" pudiendo optar por abonar el "Derecho Anual de Ejercicio Profesional" y en consecuencia asumir los derechos y obligaciones correspondientes a la alternativa elegida.