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Foro de Opinión Profesional

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La profesión y  los organismos de recaudación y control

 

Con motivo de las inquietudes planteadas por un grupo de colegas con relación a las exigencias a que estamos siendo sometidos los profesionales en ciencias económicas, que comprometen y desvirtúan la  labor que tenemos que desempeñar de acuerdo con nuestras incumbencias profesionales, comunicamos:

  • Como profesionales independientes entendemos que debemos desarrollar nuestras tareas velando por el cumplimiento de las normas vigentes y nuestras propias reglamentaciones éticas.

  • En estos últimos tiempos, el cúmulo de obligaciones  dispuestas por distintos organismos de recaudación y control exceden la capacidad de trabajo de la mayoría de nuestros colegas, quienes tienen dedicación personal y atienden principalmente a PyMEs.

  • En relación a la Unidad de Información Financiera (UIF) la delegación del poder de policía en cabeza de los profesionales, nos preocupa por las consecuencias que puedan traer aparejadas. Este organismo  pretende que desarrollemos una serie de tareas dirigidas a prevenir y denunciar el Lavado de Dinero que va mucho más allá de las pautas establecidas en las normas técnicas profesionales.

  • Como auditores tomamos todos los recaudos para desempeñar nuestra tarea, cumpliendo con lo establecido en la Resolución Técnica N° 7, por lo tanto:

  • El auditor debe realizar su tarea dentro del principio de economía aplicable a todo control, de manera que su labor sea económicamente útil (capítulo II, Apartado B, inc. 4)

  • En la aplicación de los procedimientos de auditoría, el auditor debe tener en cuenta que puede actuar sobre bases selectivas (capítulo II, Apartado B, inc. 5)

  • El auditor debe obtener elementos de juicio válido y suficiente que respalden su informe relativo a: - Auditoría realizada para determinar la razonabilidad de la información presentada por los estados contables básicos. (capítulo III, Apartado B, inc.1.1)

  • El auditor debe formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información que contienen los estados contables básicos en su conjunto. (capítulo III, Apartado B, inc. 2.8)

Realmente estamos en presencia de situaciones que hacen prácticamente imposible que un profesional independiente pueda cumplimentar obligaciones que de por sí deberían estar a cargo de los organismos de contralor del Estado.

 

Advertimos que la difícil situación que atravesamos los profesionales tiene que ser comunicada a la opinión pública para que se destaque el esfuerzo que  realizamos y que realmente nos perturba e inquieta.

 

Por lo expuesto continuaremos efectuando gestiones ante los organismos pertinentes para que revean las cuestiones que nos afectan, con la finalidad de dar tranquilidad a todos los que estamos trabajando en esta digna profesión.

 

Sr. Profesional:

Valoraremos muy especialmente su opinión respecto a la problemática descripta precedentemente.

A estos efectos hemos habilitado este Foro en el cual Ud. podrá dejar sus observaciones, comentarios y sugerencias, en tanto esté registrado como Usuario de la página web.  

Si desea dejar su opinión haga click aquí.

   
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe - Cámara II | Maipú 1344 | 2000 Rosario | Santa Fe | Argentina | Tel: +54 341 449-4949 | 449-4950