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Procedimiento. Contenidos a tener en cuenta.
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Presentación de la denuncia:
Debe presentarse ante Mesa de Informes en original y copia, siendo firmada por
el denunciante en el momento de la presentación ante personal del Consejo para
lo cual deberá exhibir su Documento Nacional de Identidad o Cédula extendida por
Policía Federal. La Mesa de Informes deberá firmar la copia como acuse de
recibo, con el sello de recepción de la Cámara Segunda. Si la persona que se
presenta fuera un apoderado o un tercero acompañará poder especial extendido por
el denunciante, acreditando que este encargó la diligencia. Si el denunciante
fuera una persona de existencia ideal acompañará instrumentos que acrediten su
personería (contrato social, estatutos, etc..) Si se acompañara la denuncia con
algún documento cuyo original deba quedar en poder del denunciante, la Mesa de
Informes verificará que la fotocopia se corresponda con el original, se sellará
con sello especial las fotocopias y se hará intervenir dicho sello por
Funcionario de la Institución. El Funcionario verificará original y copia
suscribiendo su firma donde corresponda. Los originales serán devueltos al
denunciante.
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Actuación de representantes de denunciantes o denunciados.
Denunciante y denunciado podrán ser representados por profesionales de la
matrícula debidamente autorizados o por abogados que actúen como patrocinantes o
bien como apoderados. En el caso de ser apoderado deberá acreditar con Poder
Especial su presencia en las actuaciones.
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Notificación del Profesional de la causa iniciada
El profesional una vez notificado deberá presentarse personalmente a efectos de
conocer el inicio de la causa.
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Actuaciones
La Comisión sustanciará el expediente notificando a las partes, citándolas
cuando considere conveniente para alguna audiencia de conciliación u otras,
correrá los traslados respectivos, citará a audiencia para proveer pruebas
aportadas por las partes. En ningún caso será citado profesional alguno fuera de
la sustanciación del expediente.
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Presentación de pruebas
Debe presentarse ante Mesa de Informes en original y copia el escrito de
ofrecimiento de pruebas, siendo firmada por el presentante en el momento de la
presentación ante personal del Consejo para lo cual deberá exhibir su Documento
Nacional de Identidad o Cédula extendida por Policía Federal. La Mesa de
Informes deberá firmar la copia como acuse de recibo, con el sello de recepción
de la Cámara Segunda. Si la persona que se presenta fuera un apoderado o un
tercero acompañará poder especial extendido por el denunciante, acreditando que
este encargó la diligencia. Si el presentante fuera una persona de existencia
ideal acompañará instrumentos que acrediten su personería (contrato social,
estatutos, etc..) Si se acompañara la denuncia con algún documento cuyo original
deba quedar en poder del presentante, la Mesa de Informes verificará que la
fotocopia se corresponda con el original, se sellará con sello especial las
fotocopias y se hará intervenir dicho sello por Funcionario de la Institución.
El Funcionario verificará original y copia suscribiendo su firma donde
corresponda. Los originales serán devueltos al presentate.
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Comportamiento del matriculado durante el proceso:
El matriculado que es parte en juicio tiene obligación de mantener un
comportamiento ejemplar durante todo el proceso, respondiendo sin reticencias a
todos los requerimientos que se formulen y asumiendo la carga de responsabilidad
ética que conlleva el ser imputado. De no actuar así, y entorpeciendo la marcha
de las actuaciones por una inacción injustificada o falta de acatamiento a las
solicitudes que se le formulen, motiva un agravamiento inapelable de la sanción.
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Resolución final Resuelto el expediente por el Tribunal de Ética se
notificará por escrito a las partes.
Dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, las sanciones podrán ser
apeladas según lo dispuesto por el artículo 10 de la Ley 8.738. De no hacerse,
la ejecutoriedad de la sentencia comienza a regir cumplido el plazo de los diez
(10) días precitados.
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