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- A partir de la entrada en vigencia de la Ley, los afiliados deberán
realizar los aportes mínimos mensuales obligatorios de acuerdo a su
antigüedad en la matrícula.
- Se establecen cuotas reducidas para los nuevos matriculados.
- Quienes no paguen el Derecho de Ejercicio Profesional podrán optar por
abonar un aporte equivalente a $281.25. La opción para reducir el aporte no
es automática, debe ser solicitada con anterioridad al inicio de cada año y
por única vez.
| Antigüedad en la Matrícula |
Aportes mínimos mensuales obligatorios |
Opción para quienes no abonan DEP |
| Hasta 3 años |
$ 168,75 |
$ 168,75 |
| De 4 a 6 años |
$ 337,50 |
$ 281,25 |
| A partir del 7º año |
$ 562,50 |
$ 281,25 |
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