Ajuste por Inflación Contable

Se deroga el Decreto que prohibía su aplicación

A través de la Ley 27.468, promulgada el 03.12.18 y publicada en el B.O. el 04.12.18, se deroga el Decreto 1269/02 y sus modificatorios que prohibía a  los Organismos Oficiales  (Inspección General de Justicia, Superintendencia de Seguros de la Nación, AFIP, BCRA, etc) recibir balances ajustados por inflación.

Asimismo, se modifica la Ley de Convertibilidad excluyendo a los estados contables, respecto de los cuales continuará siendo de aplicación lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley General de Sociedades.

Estas disposiciones entrarán en vigencia a partir de la fecha que establezca el Poder Ejecutivo Nacional a través de sus Organismos de Contralor y el Banco Central de la República Argentina en relación con los balances o estados contables que les sean presentados.

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