IIBB: Disposición del saldo a favor. Proyecto de ley

Miembros del Instituto de Materia Tributaria del Consejo y del Colegio, mantuvieron una reunión con diputadas autoras del proyecto para presentarle algunas observaciones.

El proyecto, que ya cuenta con media sanción en la Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe, establece que los contribuyentes cuyas declaraciones juradas del impuesto sobre los ingresos brutos hayan registrado saldo a favor de manera continuada durante un período no inferior a los 4 meses anterior de la presente ley, podrán solicitar a la Administración Provincial de Impuestos que en forma automática proceda con dicho saldo.

Analizado el texto en reunión del Instituto de Materia Tributaria, surgió la necesidad de intercambiar con sus autores algunas sugerencias, por lo que las instituciones generaron una reunión que tuvo lugar el 29.10.20, con la participación de las diputadas provinciales Clara García y Lorena Ulieldín.

Principalmente, las inquietudes planteadas fueron:

  • que el proyecto tiene la característica que el contribuyente podrá adherir al mismo por única vez, siendo conveniente analizar la permanencia de las normas contenidas en el mismo en el tiempo.
  • quienes tengan un saldo a favor superior a $ 400.000.- no podrán acceder a los beneficios de la devolución. Por tal motivo, se sugirió que a la devolución de la suma de $ 400.000.- accedan todos, independientemente que su saldo a favor resulte superior a esta cifra.
  • los contribuyentes con juicios de ejecución fiscal y la posibilidad de compensar el saldo a favor con la deuda que poseen con el Fisco en instancia judicial.

Luego de la reunión, las diputadas refirieron que veían bien las propuestas señaladas por las entidades profesionales y las tomarían en cuenta para modificar el proyecto.

Ver proyecto de ley


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