El Ministerio de Producción y Trabajo publicó, a través de la Resolución 220/2019, la actualización de topes. Límites de ventas totales anuales por sector y otros parámetros incorporados.
La Secretaría de Emprendedores y PyMEs del Ministerio de Producción y Trabajo publicó la Resolución 220/2019, en la cual establece la nueva clasificación para determinar qué empresas se encuadran dentro de la categoría PyME.
Respecto a la elevación del límite en la facturación anual se tomó en consideración las especificidades propias de los distintos sectores y la evolución reciente de los mismos.
Límites de ventas totales anuales expresados en pesos
CATEGORÍA | CONSTRUCCIÓN | SERVICIOS | COMERCIO | INDUSTRIA Y MINERÍA | AGROPECUARIO |
MICRO | 12.710.000 | 6.740.000 | 23.560.000 | 21.990.000 | 10.150.000 |
PEQUEÑA | 75.380.000 | 40.410.000 | 141.680.000 | 157.740.000 | 38.180.000 |
MEDIANA Tramo 1 | 420.570.000 | 337.200.000 | 1.190.400.000 | 986.080.000 | 272.020.000 |
MEDIANA Tramo 2 | 630.790.000 | 481.570.000 | 1.700.590.000 | 1.441.090.000 | 431.450.000 |
Además de actualizar las categorías se incorporan estos nuevos parámetros:
● Se agrega la opción de compartir datos a organismos privados, con el objetivo de facilitar el acceso a líneas especiales de financiamiento, simplificar trámites y propiciar la transparencia. Las PyMEs que no opten por compartir información no perderán los beneficios fiscales comprendidos en el Registro PyME.
● Se simplifica y se agiliza el trámite de PyMEs integrantes de un grupo económico.
● Se unifica el cuerpo normativo PyME con el agrupamiento de las resoluciones PyME, de Categorización y de Certificado PyME para facilitar el acceso y gestión.
Las empresas que se ubiquen dentro de estos nuevos parámetros, estarán en condiciones de acceder a los beneficios que brinda la Ley PyME como medidas de alivio en materia administrativa y fiscal.