Nuevas disposiciones municipales ante la gestión de las instituciones

La Municipalidad de Rosario emitió un decreto en respuesta a la solicitud del Consejo y del Colegio para reducir el impacto de la emergencia sobre la labor profesional.

En virtud a las gestiones efectuadas por las instituciones profesionales, mediante nota presentada el 18.03.20, la Municipalidad de Rosario emitió el Decreto 408/2020 considerando disponer de acciones provisionales tendientes a contemplar situaciones en tanto se extienden las anomalías que el aislamiento social implica.

En base a ello, se decretó entre las cuestiones más relevantes, que a partir del 20 de marzo y hasta el 30 de abril no se computarán intereses resarcitorios para ningún tributo o gravamen municipal, y dispensar la imputación y aplicación de las sanciones por infracción a los deberes formales prevista en el segundo párrafo del artículo 40 del código tributario municipal (Incumplimientos a los deberes formales) por el período fiscal marzo, cuya presentación opera en abril del corriente.

Cabe aclarar que la situación en la que hoy se encuentra nuestro país afecta el desarrollo de la labor profesional, por lo que no se podrá cumplimentar en tiempo y forma con las presentaciones de declaraciones juradas y afectará el pago que deben realizar los contribuyentes que derivan de estas.

Es por ello que desde las instituciones se solicitó con carácter urgente que los organismos, dentro de sus competencias, implementen las medidas necesarias para alivianar los efectos nocivos mencionados, por el lapso que dure la emergencia.

Ver decreto 408/2020

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