Régimen de información de planificaciones fiscales

La AFIP suspende por un plazo de 60 días corridos el régimen de información de planificaciones fiscales a través de la Resolución General N.° 5278.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General N.° 5278, resolvió suspender por un plazo de 60 días corridos contados a partir del 31 de octubre de 2022, la aplicación del régimen de información de planificaciones fiscales implementado mediante la Resolución General N.° 4838.

Para fundamentar la medida el organismo consideró los diversos fallos judiciales que han admitido la pretensión cautelar formulada por la mayoría de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país, de suspender la aplicación del régimen para sus profesionales matriculados.

A raíz de ello, tal como se afirma en la resolución, la Administración considera oportuno recabar de aquellas federaciones, colegios y consejos profesionales que asesoran fiscalmente a sus clientes, sus aportes y opiniones, a fin de dotar al régimen de información de una mayor eficacia y eficiencia.

Se recuerda que el organismo, mediante la Resolución General N.° 5254, ya había suspendido por un plazo de 60 días corridos la aplicación del citado régimen. Si bien en dicho plazo se recibieron aportes de determinadas entidades, aún resta evaluar comentarios y realizar reuniones de trabajo con otras instituciones que hasta el momento no han intervenido.

Ver Resolución N.° 5278

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