AFIP: prórroga para vencimientos del 10 y 11 de agosto

La Administración dispuso como nueva fecha de vencimiento el 12 de agosto 2020.

Ante el contexto actual y los diversos inconvenientes que dificultan la labor profesional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció mediante la Resolución General Nº 4791 (B.O. pendiente), la extensión de los vencimientos de los días 10 y 11 de agosto de 2020.

La normativa es aplicable tanto para las declaraciones juradas determinativas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, correspondientes al período devengado julio 2020, como para las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales. Ambas declaraciones se considerarán cumplidas en término si se presentan hasta el día 12 de agosto, inclusive.

Respecto de este punto, es importante destacar que ante la información recibida por parte de los profesionales, a través de los Consejos, respecto al mal funcionamiento de la web de la AFIP, las autoridades de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) han efectuado gestiones solicitando que los vencimientos de las obligaciones previsionales e impositivas, previstos para esta semana, se prorroguen por un plazo no menor de quince días, o en su caso, se consideren presentadas y regularizadas en término hasta el 31 de agosto del corriente año. Si bien aún no se cuenta con respuesta por parte de la Administración ante esta solicitud, se seguirá con especial dedicación este reclamo.

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