Exenciones especiales para las actividades afectadas por la pandemia

API reglamenta las actividades establecidas en la reforma tributaria 2021.

A través de la Resolución General N.° 10/2021, la Administración Provincial de Impuestos (API) establece las exenciones especiales para las actividades afectadas por la pandemia, determinadas en la Ley  14025 -artículos 41 a 46-.

Régimen Simplificado

Los importes de las cuotas alcanzadas por el presente beneficio, que hayan sido abonados, serán considerados como saldo a favor del contribuyente. Dichos saldos a favor serán computados como pago a cuenta al momento de generar el pago total anual o el pago de los meses del año fiscal 2021.

Ingresos brutos régimen general

Los contribuyentes deberán registrarse con carácter de declaración jurada mediante el  servicio «API-Santa Fe- Exención especial para actividades afectadas por la pandemia» en el Administrador de Relaciones de la página de AFIP


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