Contribución anual por mantenimiento de registro matricular para el año 2022

Se encuentra disponible la declaración jurada que deberán generar aquellos profesionales que opten por no ejercer la profesión en forma independiente el año próximo.

Aquellos matriculados que decidan no ejercer la profesión en forma independiente, conservando su registro matricular para el período 2022, deberán completar la declaración jurada antes del 31 de diciembre de 2021.

Al finalizar la confección de la declaración, estará disponible la condición de contribución anual por mantenimiento de registro matricular (CAMRM) para ser abonada por los canales habituales.

Recordamos que la falta de pago en término de la Contribución anual por mantenimiento de registro matricular, origina la cancelación del Registro Matricular (Resolución CS 16/2017).

IMPORTANTE

La fecha límite mencionada rige además para ejercer la opción de aportes mensuales de Caja de Seguridad Social, siendo los mismos 10, 12 o 20 módulos de acuerdo con el art. 1, punto 4 de la Resolución 06/1994 de Consejo Superior la cual establece que la opción del inciso b) del artículo 26 -cuota reducida de 10 módulos-, debe ser formulada expresamente por el afiliado antes del día treinta y uno (31) de diciembre del año inmediato anterior a aquel por el cual se ejerce y tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre del año por el que se la efectuó.

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