Derogación del informe para fines fiscales (F.780/F.760)

La AFIP realiza adecuaciones relacionadas con las formalidades que deben cumplimentar las personas jurídicas.

El pasado 5 de noviembre en Boletín Oficial se decretó la Resolución General N° 4626/2019 que unifica la información que deberá ser presentada de los balances confeccionados.

En cuanto al informe para fines fiscales, queda derogada la presentación del formulario F-760 o F-780, como consecuencia de la revocación de las Resoluciones Generales Nº 3.077, N° 4.060, Nº 4.337, Nº 4.348 y N° 4.363.

Esta nueva resolución establece además, que se mantiene la obligación de presentar la Memoria, Estados Contables e Informe del Auditor del respectivo período fiscal, debidamente certificados por contador público independiente y con firma autenticada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, en formato .pdf.


Entre otras cuestiones a resaltar, se dispone que los contribuyentes deberán presentar las declaraciones juradas del impuesto a las ganancias mediante el programa aplicativo denominado Ganancias Personas Jurídicas – Versión 16.0” o la versión que se apruebe en el futuro.

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