FACPCE: Informe profesional aplicable a la RG 4816 de AFIP

La Secretaría Técnica de la Federación expone los modelos de informes que deben utilizarse para dar cumplimiento a los requisitos dispuestos por esta resolución.

Ante consultas recibidas, la Secretaría Técnica de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), emitió el memorando Nº. A-79,  en relación a los informes que deben presentar los profesionales para cumplimentar con el art. 59 de la Resolución General Nº. 4816, que establece las disposiciones y requisitos que deben cumplir los contribuyentes, a fin de adherirse al régimen de regularización de obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduaneras establecido por el Capítulo 1 del Título IV de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones.

Tal como lo expresa el Art. 59 : .. “A esos fines, los contribuyentes que efectúen la adhesión deberán adjuntar en formato “.pdf”, un informe especial extendido por contador público independiente matriculado encuadrado en las disposiciones contempladas por el Capítulo V de la Resolución Técnica (FACPCE) Nº 37,encargo de aseguramiento razonable, con su firma certificada por el consejo profesional o colegio que rija la matrícula, quien se expedirá respecto de la razonabilidad, existencia  y legitimidad de los activos financieros situados en el exterior”.

Los modelos se incluyen como anexos a este memorando, según el siguiente detalle:

· Anexo A: Modelo sugerido para el caso de un contribuyente persona jurídica.

· Anexo B: Modelo sugerido para el caso de un contribuyente persona humana.

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