Formalización y Regularización de la Economía Local

Se extiende el régimen hasta el 30/06/2017

Hasta el 30/06/2017, seguirá vigente el Régimen Excepcional de Declaración de Mejoras de Inmuebles que permite formalizar las construcciones realizadas sobre sus inmuebles. Misma situación se contempla para el Régimen Excepcional que permite regularizar habilitaciones vinculadas al desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios.

Declaración Voluntaria – Mejoras de Inmuebles

Permite a los vecinos de la ciudad formalizar las construcciones realizadas sobre sus inmuebles, declarando las mejoras incorporadas, en tanto no constituyan transgresiones al Código Urbano.

Beneficios

  • Liberación del pago de la TGI por mejoras declaradas, devengados con anterioridad al Régimen
  • Liberación y Reducción de la Tasa de Revisión de Plano e Inspección de Obra según metros cuadrados declarados
  • Liberación del pago de las Tasas de Actuaciones Administrativas
  • Condonación de las multas imputadas y/o aplicadas (sanciones pecuniarias) con origen en las obras regularizadas.

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Declaración Voluntaria –  Actividades comerciales, industriales y de servicios.

Permite regularizar habilitaciones vinculadas al desarrollo de actividades comerciales, industriales y de servicios en el ejido de la ciudad, siempre que cumplan con las condiciones técnicas de salubridad, seguridad e higiene fijadas por el Municipio.

Beneficios

  • Liberación de obligaciones fiscales relativas al Derecho de Registro e Inspección (DReI) y sus adicionales, de la contribución de ETuR y de Derechos Publicitarios devengadas con anterioridad al Régimen.
  • Contribución especial del 1‰ sobre el valor de la Base Imponible omitida del DReI correspondiente al último semestre inmediato anterior al momento de la adhesión al Régimen.
  • A los sujetos comprendidos en el inciso b) del artículo 1 de la Ord. 8412/2009 se les extiende el permiso de habilitación por 5 años o el tiempo necesario para completar el plazo quinquenal.

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