Municipalidad de Rosario

Régimen Simplificado e Inconsistencias en Encuadre Fiscal

Régimen Simplificado. Recategorización.

Hasta el 20/05/2017, aquellos contribuyentes encuadrados en Régimen Simplificado deberán calcular los ingresos acumulados en los doce (12) meses inmediatos anteriores, así como también controlar la superficie total habilitada. Cuando dichos parámetros superen o sean inferiores a los límites de la categoría en la que se encuentra adherido, deberá recategorizarse. Si no se registra ningún cambio, la categoría seguirá siendo la misma y por lo tanto no deberá hacer ningún trámite.

Ver +

Inconsistencias en encuadre fiscal.

A raíz de procedimientos de control realizados se han detectado inconsistencias en el encuadre tributario en las cuentas de DReI. Las mismas se originan, principalmente, a partir de que NO formalizar la exclusión al Régimen Simplificado al momento de producirse alguna causal mientras que se comienza a presentar las DDJJ por Régimen General, subsistiendo ambos regímenes en forma simultanea.

Por ello se recuerda que únicamente deben tributar mediante Régimen Simplificado quiénes cumplan la totalidad de las disposiciones del Artículo 12 bis de la Ordenanza General Impositiva. De no cumplir con las mismas, es obligatoria la exclusión de régimen mencionado, previo a comenzar a tributar en Régimen General.sam

+SECCIONES