Matriculación, legalización y validez de la firma profesional

Cuál es su importancia para el ejercicio de la profesión y por qué las entidades deben requerir trabajos legalizados.

Qué dice la ley

En función de lo dispuesto por la Ley Nacional N° 20.488 y por la Ley Provincial N° 8.738 (t.o. Ley N° 12.135) solo están habilitados para ejercer la profesión aquellos graduados que estén matriculados en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

Por otra parte, según lo prescripto por la Ley Provincial N° 8.738, Art. 7°, los informes y documentos que requieran la intervención de profesionales en Ciencias Económicas deben estar suscriptos por el mismo y exhibir la autenticación de la firma mediante la legalización del Consejo Profesional de Ciencias Económicas. La omisión de estos requisitos priva a los documentos de validez profesional.

La única forma que tiene una entidad financiera de garantizarse que quienes suscriben los documentos e informes son profesionales en Ciencias Económicas habilitados para ejercer la profesión, es verificando que la firma de estos esté debidamente autenticada por el Consejo Profesional de la jurisdicción respectiva.

Los informes y documentos firmados por profesionales en Ciencias Económicas solo tienen validez técnico profesional si están debidamente legalizados; acrecentando el nivel de seguridad de la información presentada ante la entidad bancaria.

En qué consiste el proceso de legalización

Verificar que el firmante es matriculado

El proceso de legalización consiste en verificar que la persona que ha firmado el informe es un profesional matriculado en la jurisdicción. Este es un control fundamental para combatir el ejercicio ilegal de la profesión y por ende asegurar a los usuarios de la información que los trabajos han sido realizados por profesionales matriculados.

Prevenir la falsificación

El proceso también comprende cotejar la firma que obra en el informe o documento con el registro de firmas que mantiene el Consejo determinando si existe concordancia entre las mismas. De esta manera, se previene la falsificación de firmas y también asegura que dicha firma corresponde a un profesional habilitado.

En los casos en que las entidades no requieran la legalización de los documentos e informes firmados por profesionales en Ciencias Económicas podrían estar aceptando informes emitidos por no profesionales, o por profesionales no habilitados para ejercer la profesión, o informes no ajustados a normas técnicas.

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