Registración de contratos de fideicomiso: nueva disposición

El RPJEC será el organismo encargado de centralizar la inscripción de los contratos de fideicomiso, según lo dispuesto por DTR Conjunta N.º 14/25

La normativa establece la obligatoriedad de la registración de los contratos de fideicomiso exclusivamente a aquellos cuya fecha de constitución sea igual o posterior al 1 de agosto de 2015.

Así también deja expreso que, a partir del 1 de diciembre de 2025, toda documentación ingresada ante la Mesa de Entradas y Asignaciones del Organismo deberá acreditar la registración del contrato de fideicomiso en el RPJEC. Esto último será exigible únicamente respecto de los documentos presentados a partir de la fecha indicada anteriormente, sin efecto retroactivo sobre las presentaciones efectuadas con anterioridad.

La medida busca garantizar transparencia, seguridad jurídica y trazabilidad en las operaciones vinculadas a fideicomisos.