Ejercicio de la profesión ante el Poder Judicial

En función de las gestiones realizadas por el Consejo, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe emitió la Circular N° 11/2021.

La CSJ emitió recientemente la Circular N° 11/2021 dirigida a todos los juzgados de la provincia, recomendando el cumplimiento de las prescripciones establecidas por las Leyes 8.738 y 6.854, relacionadas con el ejercicio de los profesionales en ciencias económicas como auxiliares de la justicia.

Mediante dicha circular, la CSJ recuerda y recomienda a los jueces dar cumplimiento a los dispositivos de las mencionadas leyes, a saber:

  • Vistas al Consejo: en virtud de lo establecido por la Ley 8.738 en su artículo 27, los juzgados deben correr vista a cada una de las Cámaras del Consejo previo a la regulación de honorarios
  • Conclusión de procesos y cierre de expedientes: en virtud de lo establecido por la Ley 6.854 en su artículo 34, los jueces no pueden dar por concluido ningún proceso ni expediente, disponer su archivo, aprobar transacciones, admitir desistimientos o cesiones, dar por concluida la sentencia, levantar embargos,  inhibiciones u otras medidas de seguridad; mientras no conste el pago de los honorarios al profesional en ciencias económicas más la contribución del 10 % a cargo del obligado en costas. Además se remarca que los magistrados y funcionarios intervinientes son personalmente responsables por el incumplimiento de los deberes señalados precedentemente.

Aun conociendo las facultades de cada juez, entendemos que la circular emanada de la CSJ colabora para la unificación de interpretaciones y acciones de cada juzgado, así como claramente tiende a valorizar el ejercicio de los profesionales en ciencias económicas que se desempeñan en el ámbito judicial.

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