Ajuste por Inflación

No aplicación de la Sección 3.1 de la RT 17, y Sección 2.6 de la RT 41

La FACPCE emitió la Resolución de Mesa Directiva N° 913/18 que la Sección 3.1 (Expresión en moneda homogénea) de la RT17 y la sección 2.6 (Expresión en moneda homogénea) de la RT41 no se aplicarán a los estados contables correspondientes a ejercicios anuales cerrados a partir del 01/02/2018 y hasta el 30/09/2018 (ambas fechas inclusive) y sus correspondientes períodos intermedios, y no se aplicarán a los estados contables correspondientes a periodos intermedios cerrados en el mismo período.

Ver texto completo de la Resolución MD 913/18

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