Pronunciamiento de la FACPCE sobre la Ley de Teletrabajo

Se enumeran algunas reflexiones sobre el contenido de la ley sancionada y conceptos que se considera deben ser tenidos en cuenta.

La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), en su reunión de Junta de Gobierno del 1 de octubre de 2020, manifestó su opinión sobre ciertos aspectos de la recientemente sancionada Ley de Teletrabajo Nº 27.555 al considerar que su contenido no es totalmente adecuado a las necesidades de los sectores.

Ante la pandemia del COVID-19, el teletrabajo se constituyó en una herramienta invalorable para el desarrollo del trabajo y se hizo necesario establecer nuevas pautas y regulaciones adecuadas. Sin embargo, se cree que la normativa laboral (Ley 27.255) pone el acento en solo dos de las tres partes involucradas, los sindicatos y los empleados, sin contemplar en su debida dimensión a los empleadores.

La Ley entrará en vigencia luego de 90 días de finalizada la situación de Aislamiento Social y Preventivo Obligatorio. Desde la FACPCE, se considera necesaria la revisión de sus términos antes de su puesta en práctica, ya que las deficiencias observadas en la norma no solo no promueven el desarrollo y la promoción del teletrabajo, sino que más bien tornan a esta modalidad como poco atractiva e inviable de poner en práctica para los empleadores. Esto afecta las intenciones y beneficios que este encuadre laboral debería tener para los trabajadores.

Es por ello que, a modo de aporte, en la nota se enumeran algunas reflexiones sobre el contenido de la ley sancionada y algunos conceptos que se cree deben ser tenidos en cuenta.

Ver pronunciamiento de la FACPCE

+SECCIONES