API: altas, bajas o modificaciones en ingresos brutos

La administración da a conocer los plazos acordados para la gestión de estos trámites.

La Administración Provincial de Impuestos (API) establece por medio de la Resolución General N.º 01/21, los siguientes plazos en que los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos deberán comunicar el inicio de actividades, baja o modificación de datos:

– Inicio de actividades: los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos deberán comunicar a la API la inscripción como contribuyentes de gravamen con una antelación de 30 días hábiles de la fecha de inicio o hasta 30 días hábiles posteriores a la fecha de inicio de actividades.

– Modificación de datos o cese de actividades: los contribuyentes y/o responsables del impuesto sobre los ingresos brutos deberán comunicar a la API cualquier modificación, cese parcial o total de actividades dentro de los 30 días hábiles de producida cualquier modificación en su situación jurídica o cambio que pueda dar origen a nuevos hechos imponibles o que modifiquen o extingan hechos imponibles existentes.

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