Municipalidad de Rosario

Presentación fuera de término de la DJ DReI. Multa por incumplimiento - Nuevos valores y reducciones

A partir del período fiscal 1/2019 rigen los nuevos montos y beneficios previstos en el Art. 40º del Código Tributario de la Municipalidad de Rosario donde se establece que la omisión de presentar la DJ en tiempo y forma será sancionada con una multa equivalente a dos veces el valor establecido en el artículo 10 inc. a) de la Ordenanza General Impositiva ($760)

El contribuyente podrá abonar la multa con una reducción del:

  • 75%, es decir $190, si la cancela dentro de los 90 días corridos contados desde el vencimiento del período
  • 50%, es decir $380, si la cancela dentro de los 180 días corridos contados desde el vencimiento del período

Éstos beneficios rigen únicamente si el contribuyente presentó la DJ.

No tendrá beneficios y deberá abonar el valor de $760 si:

  • Pasaron los 180 días contados desde el vencimiento del periodo
  • No presenta su DJ
  • Incluye las multas en un convenio de pago en cuotas
  • Las multas fueron reconocidas en un convenio que caducó por falta de pago

Instructivo:

Se podrán abonar tales multas ingresando al estado de cuenta DReI mediante el servicio «Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios» al que se accede con CUIT y clave fiscal desde la web de AFIP. Una vez allí, debe tildar todas las multas que visualiza y hacer click en el botón «Generar VEP» para generar un volante electrónico de pago o en «Reimpresión» para su pago en efectivo.

Aclaraciones:

► Para las multas por presentación fuera de termino de la DJ por períodos fiscales anteriores al 1/2019 se respetará las reducciones y montos que se encontraban vigentes hasta esa fecha.
►  Conforme a lo dispuesto por Resolución 270/2018 se considera presentadas en término las Declaraciones Juradas correspondientes al período enero 2019 que fueron efectuadas hasta el día 28 de Febrero de 2019 inclusive.

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