Presentación fuera de término de la DJ DReI. Multa por incumplimiento - Nuevos valores y reducciones
A partir del período fiscal 1/2019 rigen los nuevos montos y beneficios previstos en el Art. 40º del Código Tributario de la Municipalidad de Rosario donde se establece que la omisión de presentar la DJ en tiempo y forma será sancionada con una multa equivalente a dos veces el valor establecido en el artículo 10 inc. a) de la Ordenanza General Impositiva ($760)
El contribuyente podrá abonar la multa con una reducción del:
Éstos beneficios rigen únicamente si el contribuyente presentó la DJ.
No tendrá beneficios y deberá abonar el valor de $760 si:
Instructivo:
Se podrán abonar tales multas ingresando al estado de cuenta DReI mediante el servicio «Municipalidad de Rosario-Trámites Tributarios» al que se accede con CUIT y clave fiscal desde la web de AFIP. Una vez allí, debe tildar todas las multas que visualiza y hacer click en el botón «Generar VEP» para generar un volante electrónico de pago o en «Reimpresión» para su pago en efectivo.
Aclaraciones:
► Para las multas por presentación fuera de termino de la DJ por períodos fiscales anteriores al 1/2019 se respetará las reducciones y montos que se encontraban vigentes hasta esa fecha.
► Conforme a lo dispuesto por Resolución 270/2018 se considera presentadas en término las Declaraciones Juradas correspondientes al período enero 2019 que fueron efectuadas hasta el día 28 de Febrero de 2019 inclusive.