La Corte Suprema emitió una circular respecto de la utilización de certificados digitales otorgados por certificadores licenciados de la Autoridad Certificante Raíz de la República Argentina.
El Poder judicial de la Provincia de Santa Fe, a través de la circular N.º 180/21, da un marco aclaratorio con respecto a la modificación de las pautas de funcionamiento aplicables a Autoconsulta SISFE Online, para el inicio electrónico de demandas ante Mesas de Entradas Únicas Electrónicas (M.E.U.E.) y ante órganos jurisdiccionales sin MEU.
Siendo así, los documentos de las demandas, escritos y cédulas podrán ser suscriptos con firma digital, siempre que sea otorgada por un certificador licenciado con licencia vigente, habilitado por el Ente Licenciante de la Infraestructura de Firma Digital de la República Argentina (IFDRA) en su condición de Autoridad Certificante Raíz conforme la legislación de fondo y sus normas reglamentarias y procedimentales.