Sociedad anónima simplificada: fallo sobre control de legalidad

Resolución dictada por la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto. Caso LOS KAISER S.A.S. Fue requerido el control previo de la IGPJ.

Tras una Resolución dictada por la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto sobre el caso LOS KAISER S.A.S se entendió que en la provincia de Santa Fe para la inscripción de las sociedades anónimas simplificadas en el Registro Público, se requiere el control previo de la Inspección General de Personas Jurídicas de la provincia (IGPJ).

El caso

La empresa LOS KAISER S.A.S. realizó su inscripción solo ante el Registro Público de Venado Tuerto. En ese momento, la jueza del Registro Público solicitó que, previo a todo trámite, se acreditara la autorización de la IGPJ de Santa Fe.

Luego, la empresa interpone un recurso de revocatoria entendiendo que el Registro Público es el único organismo que debe intervenir en el control de legalidad. Sin embargo, este recurso fue rechazado.

El fallo

La resolución dictada por la Cámara de Apelación Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto caratulada “LOS KAISER S.A.S. s/ CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD” (Expte. N° 308/2018), sobre control de legalidad de las SAS, rechaza el recurso confirmando la resolución recurrida, entendiendo que el control de legalidad de las SAS, en Santa Fe, está a cargo de la Inspección General de Personas Jurídicas, dado que este control queda dentro de las facultades no delegadas por las provincias a la nación.

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