UIF – Nuevos parámetros para Sujetos Obligados

La UIF actualizó los montos de activos establecidos para definir como sujeto obligado al Contador Público.

En virtud de las gestiones realizadas por el Consejo, la UIF dictó la resolución 130/2018 que actualiza los umbrales monetarios establecidos en varias normas correspondientes a sujetos obligados.

Entre ellas modifica la resolución 65/11, Artículo 2°, inciso e), Apartado B- i), sustituyendo su texto por el siguiente: “posean un activo superior a PESOS CUARENTA MILLONES ($40.000.000) o,”

De esta forma duplica el importe límite de activo previsto en ese artículo de la norma relacionado con la definición de SUJETO OBLIGADO del CONTADOR PÚBLICO cuando el servicio de auditoría externa de estados contables o la sindicatura societaria se presta a/ejerce en un sujeto no incluido en el Artículo 20 de la Ley 25.246

Ver publicación Resolución 130/2018

Ver nota del Consejo a la FACPCE

Ver nota de la FACPCE a la UIF

 

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