La Justicia Federal se expidió respecto a la RG 4838 de la AFIP

Las disposiciones de la RG 4838 quedan suspendidas para los matriculados del Consejo de Santa Fe hasta que exista una decisión definitiva en la causa o por un plazo de 6 meses.

Este lunes 19 de abril, el Juzgado Federal N° 2 de Santa Fe ha resuelto hacer lugar a la medida cautelar solicitada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe en relación a la suspensión de la Resolución General 4838/2020 de AFIP en dicha circunscripción.

El Poder Judicial de la Nación resolvió:

  • No hacer lugar al pedido de falta de legitimación activa interpuesta por la AFIP respecto del Consejo.
  • Hacer lugar a la medida cautelar solicitada, y en consecuencia, suspender, estrictamente, con relación a los matriculados ante este Consejo, la aplicación de los efectos de la Resolución General N° 4838/2020 de la AFIP hasta que se dicte sentencia definitiva o por un plazo de 6 meses, lo que ocurra primero.

Tras el rechazo al reclamo administrativo por parte del organismo que conduce la Lic. Mercedes Marcó del Pont, una decisión catalogada como definitiva, y agotadas todas las vías para el diálogo, el Consejo optó por tomar acciones judiciales en defensa de sus matriculados, entendiendo que la RG viola principios constitucionales.

La postura adoptada por el Consejo, y respaldada por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), responde principalmente a que resulta inadmisible que la AFIP, mediante el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales, pretenda colocar al profesional que asesora en temas de derecho tributario como sujeto obligado a develar información obtenida con motivo de su vínculo profesional.

Ver fallo emitido por el Juzgado Federal N° 2 de Santa Fe

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