Reclamo administrativo ante AFIP por la RG 4838

En función a la defensa y representación gremial de sus asociados, prevista en su estatuto, el Colegio de Graduados de Rosario solicitó la derogación de dicha resolución.

Oportunamente, tanto la Federación Argentina de Graduados en Ciencias Económicas (FAGCE) como la  Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), elevaron pedidos formales ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) exigiendo la derogación de la RG 4838/2020 entendiéndola violatoria de principios básicos de la tributación y de derechos y garantías constitucionales, sin obtener respuesta alguna.

En cumplimiento con lo dispuesto por el Artículo 3 del Estatuto, la Comisión Directiva del Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Rosario, resolvió manifestar su disconformidad y rechazo a la RG 4838/2020, procediendo a presentar ante AFIP un reclamo administrativo.

Consideramos que esta acción resulta legítima y necesaria por cuanto la implementación del Régimen Informativo atenta contra el derecho/deber del secreto profesional al poner la obligación de informar en cabeza de los asesores fiscales, además de afectar el ejercicio profesional y el desarrollo de la actividad lícita.

Resulta  inadmisible a la ética profesional que la AFIP pretenda colocar al profesional que asesora en temas de derecho tributario como sujeto obligado a suministrar información obtenida con motivo de su vínculo profesional. Este acto administrativo de carácter general conduce a traicionar la confianza en el profesional.

La obtención de pruebas de evasiones o infracciones impositivas, objetivo último de los regímenes de información fiscales, debería ser alcanzada mediante el accionar previsto en las normas de procedimiento  tributario, respetuosas de los principios constitucionales.

La AFIP, como órgano inserto dentro del ámbito de actuación del Poder Ejecutivo, debe circunscribir su función a una actuación administrativa conducente al cumplimiento de las leyes tributarias, fiscalizando e investigando con el propósito de conocer la verdad de los hechos. Tal función discrecional no puede rebasar los límites de la racionalidad, estando subordinada a los principios que prohíben la arbitrariedad.

Cabe destacar, que el Colegio de Graduados de Santa Fe ha iniciado una acción de iguales características.

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