Régimen de información de planificaciones fiscales

La AFIP suspende por un plazo de 60 días corridos el régimen de información de planificaciones fiscales a través de la Resolución General N.° 5254.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General N.° 5254, resolvió suspender por un plazo de 60 días corridos la aplicación del régimen de información de planificaciones fiscales implementado mediante la Resolución General N.° 4838.

Para fundamentar la medida el organismo consideró los diversos fallos judiciales que han admitido la pretensión cautelar formulada por la mayoría de los Consejos Profesionales de Ciencias Económicas del país y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas de Rosario, de suspender la aplicación del régimen para sus profesionales matriculados.

A raíz de ello, tal como se afirma en la resolución, la Administración considera oportuno recabar de aquellas federaciones, colegios y consejos profesionales que asesoran fiscalmente a sus clientes, sus aportes y opiniones, a fin de dotar al régimen de información de una mayor eficacia y eficiencia.

Explican desde la AFIP que en función de la experiencia recogida a partir de la entrada en vigencia del régimen, resulta necesaria su adecuación a fin de poder detectar de manera temprana, aquellas estructuras que resulten agresivas y que produzcan una erosión sustancial de la base imponible en el país.

Una vez más el accionar conjunto de las instituciones se constituye en un logro en pos del ejercicio profesional.

Ver Resolución N.° 5254

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