RG 4838 – Planificaciones fiscales

Efecto suspensivo de la medida cautelar.

Ante la acción presentada por nuestro Consejo Profesional, el Juez Federal N° 2 de Santa Fe había dispuesto la prórroga por seis meses de la medida cautelar de no innovar en relación a la Resolución AFIP N° 4838/2020. 

Dicha decisión judicial fue apelada por la AFIP a raíz de la cual el Juez ordenó que el recurso siga tramitando “con efecto suspensivo” lo que significa para los matriculados que los efectos favorables de la resolución cautelar prorrogada quedan suspendidos durante el trámite del recurso en la Cámara de Apelaciones Federal.

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