API prorrogó el trámite de exención de IIBB para profesionales liberales

API extendió el plazo para que los profesionales alcanzados por la exención de IIBB puedan realizar la inscripción y gestionar la constancia de exención.

La Administración Provincial de Impuestos (API) de Santa Fe emitió la Resolución General N.º 143/2026 mediante la cual prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el plazo para que los profesionales liberales comprendidos en la exención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos completen la inscripción correspondiente y tramiten la obtención de la constancia de exención.

La normativa modifica el artículo N.º 459 de la Normativa Unificada (Anexo de la Resolución N.º 36/2026), que originalmente establecía como fecha límite el 31 de agosto de 2026 para cumplir con dicho trámite.

Según fundamentó el organismo provincial, la decisión responde a los cambios y actualizaciones implementados para el adecuado procesamiento de la información remitida por los distintos colegios profesionales de la provincia, en el marco de los convenios de complementación de servicios suscriptos con esas entidades. Estos acuerdos permitieron avanzar en las tareas de alta de los contribuyentes en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y detectaron la necesidad de otorgar más tiempo para la gestión de las exenciones.

La prórroga alcanza tanto a quienes ejercen una profesión liberal y deben realizar el trámite de exención por primera vez, como a aquellos profesionales que ya contaban con un certificado de exención antes del 1 de septiembre de 2025 y deben regularizar o actualizar su situación conforme a la normativa vigente.

Desde API destacaron que la medida tiene como objetivo reducir la carga administrativa para los profesionales y garantizar que todos los contribuyentes alcanzados por el beneficio puedan acceder a la exención sin inconvenientes, dentro del nuevo plazo establecido.

Con esta resolución, los profesionales liberales no organizados bajo forma de empresa dispondrán de cuatro meses adicionales para completar los requisitos exigidos por el Código Fiscal y mantener vigente el beneficio de exención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.