Mediante la RG 12/2022 se establecen los beneficios para acogerse al régimen de regularización tributaria por deudas devengadas hasta el 30.09.2021.
La Administración Provincial de Impuestos mediante la Resolución General N.º 12/2022 establece las formas, requisitos y demás condiciones para acceder al régimen de regularización de impuestos, tasas y contribuciones provinciales, sus intereses y multas, para deudas devengadas hasta el 30.09.2021 (art. 21 Ley 14.069).
Al respecto, podrán incluirse deudas del impuesto sobre los ingresos brutos, inmobiliario, de sellos y patente única sobre vehículos, entre otras.
Asimismo, quedan excluidos los agentes de recaudación del sistema SIRCREB, por las retenciones o percepciones practicadas o no, los agentes de retención y/o percepción por los importes que hubieren retenido o percibido y que no fueron ingresados al fisco, multas y cualquier otro concepto, y los contribuyentes con proceso penal abierto por delitos tributarios referidos a impuestos provinciales.
Para formalizar el plan de pago se fija el siguiente cronograma a fin de solicitar o generar la liquidación de deudas: