La Secretaría Técnica de la Federación expone los modelos de informes que deben utilizarse para dar cumplimiento a los requisitos dispuestos por esta resolución.
Ante consultas recibidas, la Secretaría Técnica de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), emitió el memorando Nº. A-79, en relación a los informes que deben presentar los profesionales para cumplimentar con el art. 59 de la Resolución General Nº. 4816, que establece las disposiciones y requisitos que deben cumplir los contribuyentes, a fin de adherirse al régimen de regularización de obligaciones impositivas, de la seguridad social y aduaneras establecido por el Capítulo 1 del Título IV de la Ley N° 27.541 y sus modificaciones.
Tal como lo expresa el Art. 59 : .. “A esos fines, los contribuyentes que efectúen la adhesión deberán adjuntar en formato “.pdf”, un informe especial extendido por contador público independiente matriculado encuadrado en las disposiciones contempladas por el Capítulo V de la Resolución Técnica (FACPCE) Nº 37,encargo de aseguramiento razonable, con su firma certificada por el consejo profesional o colegio que rija la matrícula, quien se expedirá respecto de la razonabilidad, existencia y legitimidad de los activos financieros situados en el exterior”.
Los modelos se incluyen como anexos a este memorando, según el siguiente detalle:
· Anexo A: Modelo sugerido para el caso de un contribuyente persona jurídica.
· Anexo B: Modelo sugerido para el caso de un contribuyente persona humana.