REPRO II: Modelo de certificación sugerido

Se pone a disposición la certificación de la declaración jurada requerida en el art.3 de la resolución 938/20.

Mediante la  Resolución N° 938/2020, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social creó el “Programa REPRO II”, destinado a sostener el empleo y la recuperación de las empresas en aquellas actividades que no sean consideradas críticas, pero que se encuentren afectadas por la situación generada por la pandemia del COVID-19, mediante un subsidio a la nómina salarial de hasta $9000 mensuales a los trabajadores de las empresas adheridas.

Para acceder al beneficio del Programa, los empleadores deberán presentar la información requerida en la página de la AFIP.

Dentro de la documentación adicional solicitada en el art. 3 se deberá  incorporar lo siguiente:

  • a). Balance del Ejercicio 2019, certificado por el Colegio de Profesionales de Ciencias Económicas. La certificación podrá ser hológrafa o digital.
  • b). Planilla electrónica en la cual las empresas deberán completar un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros. (Aclaración: la confección de dicha planilla, como la aserción acerca de la integridad y corrección de la información suministrada es responsabilidad del órgano de gobierno del ente que realiza la presentación (Directorio, Gerencia o similar). Por ende, dicha información debe ser suscripta por un integrante de dicho órgano. El contador certificante solo deberá firmar dicha planilla a los efectos de identificar la misma con su informe, en este caso, denominado Certificación Profesional, de acuerdo con las normas profesionales vigentes).
  • c). Certificación del profesional contable de la veracidad de la información incluida en la planilla establecida en el inciso b).

Respecto de este punto, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) se expidió mediante nota manifestando que “de acuerdo con las normas profesionales vigentes, el Contador Público no podría presentar una declaración jurada como la incluida en el modelo que obra en el sitio web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para el Programa REPRO II, ya que si así lo hiciera, estaría incumpliendo con una norma profesional, dado que todo informe o certificación emitido por un Contador Público con fines de su presentación a terceros debe ser elaborado sobre la base de lo requerido por la RT Nº 37 de esta Federación.

En caso de no cumplir con dicha resolución, el profesional estaría violando el Código de Ética Unificado para Profesionales de Ciencias Económicas, que en su Art. Nº 3 establece que “Los profesionales deben respetar las disposiciones legales y reglamentarias aplicables como consecuencia del ejercicio de la profesión. Igualmente, deben acatar las normas técnicas vigentes, y demás resoluciones del Consejo Profesional”.

Por tal motivo, presentamos un modelo de certificación adaptado a la rt 37, en donde el profesional podrá incorporar el contenido detallado en la declaración jurada.

+SECCIONES