----" /> Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe

Resolución del Tribunal de Ética N 1/93

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VISTO:

El Acta Nº 42 de la reunión del 24.10.53 sobre «Procedimiento para la Aplicación de Correcciones Disciplinarias»; y

CONSIDERANDO:

Que el procedimiento de referencia en su Artículo Nº 23 determina la realización de dos reuniones para tramitar y fallar sobre un expediente. Que no se establecen plazos mínimos entre los cuales se pueden realizar dichas reuniones. Que el propio Tribunal de Etica, está facultado para decidir en que momento se realizará la segunda reunión. Que no existen impedimentos para que dicha reunión se realice a continuación de la primera, y en consecuencia ambas reuniones podrían conformarse en un solo acto dándose estricto cumplimiento al requerimiento formal establecido en el Artículo Nº 23.

POR ELLO:

EL TRIBUNAL DE ETICA DEL CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

Resuelve:

Artículo 1º:

Cuando del estudio de las actuaciones de un expediente de las Comisiones de Etica y Disciplina realizado en la primera reunión del Tribunal de Etica, surja la posibilidad que se puede emitir el fallo, este cuerpo podrá resolver por mayoría la realización de la segunda reunión a continuación de la primera.

Artículo 2º:

En el caso detallado en el Artículo 1 de la presente Resolución, ambas reuniones se conformarán en el mismo acto dándose por cumplimentado el requisito establecido en el Artículo 23 del «Procedimiento para la Aplicación de Correcciones Disciplinarias».

Artículo 3º:

De dichas reuniones, por cuestiones de orden práctico, se realizará un solo acta.

Artículo 4º:

Comuníquese al Consejo Superior, a las Cámaras, a las Comisiones de Etica y Disciplina, regístrese y archívese.

Lugar, 00 de mes de año.

Dra. Susana M. Cuervo
Secretario
Dr. Raúl A. Alonso
Presidente

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