Presentaciones de la FACPCE ante la UIF

La Federación efectuó gestiones en relación a la resolución N.º 42/24, que introduce nuevas exigencias para los contadores públicos en el marco de sus actividades profesionales.

En una de las presentaciones, la FACPCE expresó su preocupación por la falta de reglamentación y definiciones claras respecto a las actividades específicas mencionadas en el artículo 2°, inciso a), acápite I de la resolución.

La Federación señaló que, ante esta indefinición, no es posible determinar con precisión cuándo un profesional debe ser considerado Sujeto Obligado. Por este motivo, solicitó que se mantenga la suspensión de medidas por parte de la UIF hasta que se concluya la Evaluación Sectorial de Riesgos del Sector de Contadores Públicos, actualmente en desarrollo junto al Banco Mundial. La FACPCE considera que no existen condiciones objetivas para que los profesionales puedan cumplir con los requerimientos establecidos, por lo que propone mantener la situación vigente al 31 de agosto de 2025.

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En la segunda nota, la Federación cuestionó el umbral de 4.000 Salarios Mínimos Vitales y Móviles (SMVM) establecido para determinar la condición de Sujeto Obligado en auditorías de estados contables. Según la FACPCE, dicho monto resulta exiguo y no refleja adecuadamente el riesgo asociado a las tareas profesionales.  Además, advierte que este parámetro convierte en sujetos obligados a numerosos contadores que no intervienen en operaciones con riesgo significativo de lavado de activos o financiamiento del terrorismo. Como alternativa, propone utilizar los criterios de clasificación de entes establecidos en la Resolución Técnica N.º 54, ampliamente conocidos y aplicados por la profesión, lo que permitiría una implementación más precisa, proporcional y homogénea.

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Finalmente, la FACPCE señala su predisposición para llevar a cabo una reunión con las autoridades de la UIF con el fin de profundizar en sus planteos y colaborar en el diseño de un marco regulatorio más adecuado para la labor de los contadores públicos.