IGPJ: libro de asociados en formato digital y regularización SAS

Comienza la primera etapa de la implementación de libro de asociados en formato digital. Plazo para la comunicación a IGPJ de las sociedades inscriptas sólo en el Registro Público.

El pasado lunes 25 de noviembre la Inspección General de Persona Jurídica (IGPJ), mediante la publicación en el Boletín Oficial, dió a conocer  nuevas resoluciones respecto de los libros que deben llevar las asociaciones civiles, específicamente, el libro de asociados. Así  también, se expuso  cuáles son las autorizaciones con las que debe contar una sociedad de acciones simplificada (SAS) al momento de su inscripción.

La Resolución General N°5, comunica que ante la dificultad que se les suele presentar a las asociaciones civiles, en cuanto a llevar de forma legal el libro de asociados, implicando la ausencia de este, una falta grave, dentro del plan de fortalecimiento institucional se avanzó en el desarrollo de libros de asociados de forma digital.

Esta modalidad permitirá que los registros de asociados sean cargados en los servidores de la Provincia, para lo cual se habilitará a las autoridades una clave que les permita realizar la gestión. En caso que la entidad cuente con un sistema propio, podrá adaptarlo a través de la aplicación de una interface. En esta primera etapa se implementará de forma gradual y por pedido de las asociaciones que quieran reemplazar el mencionado libro, mediante una solicitud a la IGPJ y acreditando la rúbrica del último libro de asociados.

Por otro lado, se resolvió que las SAS que se inscribieron en el Registro Público sin contar previamente con la verificación de IGPJ, tienen un año desde la emisión de ésta Resolución General N°6, para presentar ante la Inspección un trámite de «Comunicación de inscripción en el Registro Público», acompañando copia del estatuto e informe completo emitido por el Registro Público. En caso de no cumplimentar en el plazo mencionado este trámite simplificado, se deberá hacer el trámite de subsanación.

Recordamos que esta medida deriva de la confirmación de la Cámara de Apelación Civil y Comercial y Laboral de Venado Tuerto que establece que las sociedades por acciones simplificadas (SAS), deben presentarse y obtener la conformidad administartiva ante la IGPJ, al momento de su inscripción en el Registro Público. Fallo del caso «Los Kaiser SAS s/ constitución de sociedad» .

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