API: Régimen de retención y percepción del impuesto sobre los IIBB

Se modifican artículos de la RG N.° 15/1997 mediante la RG N.° 29/2022, los cuales entrarán en vigencia a partir del 1 de noviembre.

Entre las principales adecuaciones, destacamos las siguientes:

• Se incrementa de $ 96.000.000 a $160.000.000 el monto de ingresos mínimos para actuar como agentes de retención y/o percepción.

• Se incrementan los montos mínimos a partir de los cuales se deben practicar las retenciones y/o percepciones.

• Se modifica de 0,7 % a 0,6 % la alícuota de retención a aplicar a los contribuyentes del régimen de convenio multilateral.

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