Recordatorio Noviembre 2015

Vigencia RT 37 y Control EECC

Vigencia RT 37

Se recuerda que la vigencia de la RT 37 para Estados Contables es para ejercicios que inicien o periodos intermedios que inicien a partir del 1º de Julio de 2014. Ver Modelos Sugeridos

 Importante 
Se recuerda que según lo dispuesto por Resolución C.S. 3/96: “los informes sobre estados contables deben consignar los totales emergentes de los correspondientes estados de situación patrimonial (activo, pasivo y patrimonio neto) y de resultados”
Así como también dentro de Información Requerida por Disposiciones Legales se debe incluir la deuda con API en concepto de Ingresos Brutos (según Cap. IV, art 149 del Código Fiscal de la provincia de Santa Fe) y la deuda de Seguridad Social (según art 10 de la ley 17.250)

 

Control final de los Estados Contables

Pautas Orientativas
Esta Cámara Segunda del CPCESFE ha considerado de utilidad sugerir a los profesionales que emiten informes de auditoría sobre Estados Contables, un listado de pautas orientativas que sirvan para verificar aspectos que normalmente deben considerarse en la exposición final de tales actuaciones.
Esta herramienta tiende a propiciar que la información que trasciende a los usuarios no contenga errores involuntarios.
Cabe recordar la plena vigencia del Reglamento sobre uso y certificación o autenticación de firmas y control formal de actuaciones profesionales.

Ver Pautas Orientativas

 

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