El Registro dispuso medidas para agilizar trámites y reducir costos en la constitución de sociedades.
El Registro de Personas Jurídicas, Empresas y Contratos (RPJEC) presentó nuevas herramientas para facilitar trámites y reducir costos:
👉 Nueva alternativa para acreditar la integración del capital social
El RPJEC incorporó una vía adicional para acreditar aportes dinerarios en sociedades comerciales.
Además del depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe, se reconoce la posibilidad de presentar una declaración jurada del órgano de administración que certifique la efectiva integración del capital, conforme a lo previsto en el art. N.º 23 de la Resolución 1/25 del RPJEC.
Ponemos a disposición de los profesionales el modelo de declaración jurada y certificación de contador elaborada por el área técnica de nuestro Consejo, accediendo al Kit de herramientas – Modelos de informes – Informes y certificaciones requeridas por organismos de control – RPJEC.
👉 Exención de tasas retributivas para sociedades y contratos con cláusula arbitral durante 2026.
Desde enero y hasta diciembre de 2026, las sociedades y contratos que se inscriban ante el RPJEC y establezcan una cláusula arbitral estarán exentos del pago de la tasa retributiva de servicios correspondiente a su constitución.
La exención de la tasa retributiva será aplicable a los trámites de constitución que se inicien entre el 10 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2026, siempre que el contrato social incluya una cláusula arbitral como mecanismo exclusivo de resolución de conflictos entre las partes.
Para conservar el beneficio fiscal, la cláusula arbitral deberá mantenerse durante tres años contados desde el inicio del trámite de inscripción.
En caso de ser eliminada o modificada dentro de ese período, se deberá abonar el monto equivalente a la tasa que hubiese correspondido originalmente.