Santa Fe actualiza su Código Fiscal y Ley Impositiva para 2026

La Ley Provincial N.º 14.426 introduce incrementos en Inmobiliario Rural y Urbano, ajustes en IIBB y Sellos.

La Legislatura de Santa Fe sancionó la Ley Provincial N.º 14.426, publicada en el Boletín Oficial el 23 de diciembre de 2025, que establece modificaciones al Código Fiscal y a la Ley Impositiva Anual aplicables al período fiscal 2026.

Entre los principales cambios se destacan:

  • Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano
    • Se fija un incremento del 14% sobre las cuotas respecto al período 2025.
    • Se prevén aumentos adicionales en las cuotas 4 a 6, vinculados a la variación de índices oficiales (IPA, RIPTE e IPC).
    • Se actualizan los mínimos: $56.400 para inmuebles rurales y $26.400 para urbanos.
    • Se redefine el Adicional a Grandes Propietarios Rurales, aplicable a inmuebles superiores a 500 hectáreas con valuación fiscal mayor a $1.870.000.
    • Se establecen beneficios y descuentos para pequeños y medianos productores según superficie afectada a la actividad agropecuaria.
  • Ingresos Brutos
    • Se amplían las exenciones en locación de inmuebles, con nuevos topes de ingresos ($32 millones urbanos, $65 millones rurales, $46 millones mixtos).
    • Se mantienen beneficios para actividades industriales con ingresos anuales inferiores a $1.300 millones, con condiciones específicas para industrias lácteas y cooperativas agroindustriales.
    • Se actualizan alícuotas diferenciadas para transporte, faena de carnes y operaciones financieras.
    • Se redefine el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes, con nuevas escalas de ingresos y cuotas mensuales que van de $10.500 a $203.000, actualizables semestralmente por IPC.
  • Impuesto de Sellos y Código Fiscal
    • Se amplían exenciones y se actualizan valores de referencia.
    • Se incorpora el domicilio fiscal electrónico como herramienta obligatoria.
    • Se redefinen sanciones por omisión y se actualizan montos de devoluciones.

La norma también contempla beneficios por buena conducta fiscal, como descuentos del 20% y exención de la última cuota para contribuyentes sin deudas al cierre de 2025.