Dr.CP Matías R. Fernandez
Presidente de la Comisión Laboral Previsional
El día “no laborable” no equivale a “feriado”, sino que, en los primeros, los empleadores tienen la potestad para decidir si sus empleados trabajan o no.
El ejemplo más conocido es el Jueves Santo, otro menos conocido es el día del año nuevo musulmán (este solo aplicable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica) y no son los únicos.
Normativa aplicable:
Recordemos que la ley 27.399 (BO 18/0/2017) estableció los feriados nacionales inamovibles, los feriados nacionales trasladables y los DIAS NO LABORABLES (como los ya mencionados y otros detallados expresamente en los ART. 2 y ART. 3). PERO además habilitó al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres feriados o días no laborables puente por año para promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes (ART. 7).
Por lo tanto, haciendo uso de las facultades establecidas en dicho Artículo 7 el Poder Ejecutivo estableció, mediante el Decreto 923/2017, que sean días no laborables con fines turísticos las siguientes fechas:
AÑO 2018:
30 de Abril, 24 de Diciembre y 31 de Diciembre.
AÑO 2019:
8 de Julio, 19 de Agosto y 14 de Octubre.
RESUMIENDO: la ley 27399 da la opción al poder ejecutivo de fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables y éste en su Decreto 923/2017 estableció expresamente que son días “no laborables”.
Las diferencias entre FERIADOS Y NO LABORALBLES son dos:
RESPONSABILIDAD SOCIAL
El presente tuvo su origen con la inquietud de algunos profesionales en la Comisión Laboral Previsional, a raíz de la errónea información brindada por algunos sindicatos de trabajadores de Rosario, donde comunicaban a sus afiliados que el día 8 de julio era FERIADO, con las consecuencias negativas que dicha información genera hacia el empleador y por ende hacia el contador asesor laboralista, obviamente destinatarios de las preguntas y protestas
Creemos oportuno destacar la responsabilidad social que deben cumplir las entidades involucradas con los trabajadores a la hora de dar su opinión sobre derechos establecidos en el marco laboral, a su vez recordar que desde nuestro espacio la Comisión Laboral se encuentra abierta al diálogo para cualquier consulta que dichas entidades quieran realizar en el futuro.