A partir del 01.08.25, se establecen nuevos valores para tareas relacionadas con la prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo, en el marco de la Res. UIF 42/2024.
El Consejo Profesional informa a sus matriculados los honorarios mínimos sugeridos para tareas específicas vinculadas a la actuación del contador público como auditor externo, así como otros servicios profesionales relacionados con la normativa de Prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo (PLA/FT).
De acuerdo con los marcos establecidos, se propone la aplicación de adicionales sobre los honorarios profesionales para tareas de auditoría externa vinculadas a la evaluación del sistema de control interno, tanto para entidades obligadas como para aquellas que, sin estar alcanzadas por la normativa específica, superen ciertos umbrales de ingresos y requieran tareas adicionales.
Asimismo, se sugieren lineamientos orientativos para otros servicios profesionales relacionados, tales como la redacción y actualización del manual de políticas y procedimientos, el diseño e implementación de sistemas de control y matrices de riesgo, la elaboración de informes técnicos de autoevaluación y la realización de capacitaciones, contemplando en todos los casos el tiempo comprometido, la complejidad del encargo y los requerimientos específicos del comitente.