Legalizaciones digitales: régimen de excepción

Utilización de firma escaneada en el Sistema de Legalizaciones Digitales, para profesionales sin firma digital.

A partir del 31.03.20, y mientras permanezcan vigentes las medidas de aislamiento social,  preventivo y obligatorio, se aceptarán para su legalización, trabajos que cuenten con la firma escaneada del profesional.

Para ello deberá ingresar a través del sitio web en Gestiones online y luego optar por Sistema de Legalizaciones Digitales que se encuentra dentro del menú técnica.

Es preciso aclarar, que todos los matriculados que cuentan a la fecha con firma digital habilitada, deberán continuar empleándola en las presentaciones que realicen por este sistema, tal como lo venían haciendo. La posibilidad de insertar la firma escaneada, es una alternativa de excepción para los profesionales que aún no la han generado.

Ver Guía para la presentación de trabajos con firma escaneada

Resolución de Presidencia N° 29/2021 (prorroga la resolución 01/2020): régimen de excepción – firma escaneada

COVID 19 – Pronunciamientos de organismos de contralor:


IGPJ: presentación de documentación con firma digital

Guía sobre aplicación de las normas de contabilidad y auditoría

FACPCE – BCRA : legalizaciones digitales

IGPJ: estados contables para sociedades por acciones con asambleas unánimes

FACPCE – DNRPA: legalizaciones digitales

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